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mayo  2, 2024

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El ejercicio de la cláusula de rescisión y el derecho al cobro del 15% que establece el Art. 8 del CCT a favor del futbolista

Por Santiago Casares


"... cuando un jugador ejerce la cláusula de rescisión, es decir, decide romper anticipadamente su contrato, y aun cuando el pago de la indemnización lo aporte un nuevo club, el Jugador no tiene derecho y no debería quedar obligado a percibir el 15% del valor de esa indemnización frente a FAA como requisito obligatorio para obtener la libertad de acción, pues la finalización del vínculo obedece puramente y exclusivamente a su decisión personal, y no se da el supuesto que exige la norma que es la existencia de una ¨cesión a otro club¨ en términos estrictos."

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Términos mencionados en esta doctrina: rescisión, jugador, cláusula, indemnización, ejercicio, obligado.

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